fbpx

PRIMERAS SANCIONES DE CONSUMO

PRIMERAS SANCIONES DE CONSUMO

NUEVA OBLIGACIÓN DE LA AGENCIA DE CONSUMO PARA LAS CLÍNICAS DENTALES

De acuerdo con la nueva normativa de la Agencia de Consumo (art. 46), las clínicas dentales se verán obligadas a suscribirse a un seguro de responsabilidad o un aval que cubra las indemnizaciones que puedan derivarse de un eventual daño de prestación de los servicios.

Otro de los requisitos exigible viene recogido en el artículo 46 de la ley 44/2003 y se refiere a la cobertura de la responsabilidad:


Artículo 46. Cobertura de responsabilidad.
Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia sanitaria privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios (…)”


Así pues se comprobará que se dispone del correspondiente seguro, aval u otra
garantía para hacer frente a las indemnizaciones que se indica.


Para consultar la fuente, haga click aquí

Comparte nuestras noticias en tus Redes sociales:

Soporte en línea

Supremo es la herramienta de tele-asistencia que permite a nuestros técnicos ayudarte durante tu consulta.

Descarga el programa según el sistema operativo de los equipos informáticos que utilices.

El proceso de descarga e instalación es muy sencillo, aún así, nuestros técnicos te guiarán si lo necesitas.

EBS Medical - Sector dental
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.